jueves, 4 de marzo de 2010

Tratado nº 14 de 03/03/10 de Amistad, Colaboración y Reconocimiento Mutuo entre Virtual Kingdom y el Reino de Asturias

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:

Uno. Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.

Dos. Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.

Tres. Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.

Cuatro. Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones electrónicas.

Cinco. Se permite a las aerolíneas de bandera a establecer una ruta entre las capitales de las micronaciones firmantes. Y a realizar negociaciones para ampliar los destinos dentro de la otra micronación.

Se firma el presente Tratado el día 3 de Marzo de 2010

Por Virtual Kingdom:
S.M. Soberano Sebastián I,
Soberano de los territorios de Virtual Kingdom

Por el Reino de Asturias:
D. Aurelius II
Asturorum Rex